Se llama dominio o propiedad el derecho
de poseer exclusivamente una cosa y gozar y disponer de ella, sin más
limitaciones que las establecidas por la ley o por la voluntad del
propietario. La propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad.
Es el derecho que tiene toda persona de usar, gozar, disfrutar y disponer sus bienes de acuerdo a la ley. Dicho derecho
será protegido por el Estado, por lo que nadie podrá ser privado, ni
molestado en sus a bienes sino en virtud de un juicio que cumpla con las
formalidades esenciales del procedimiento.
¿Cómo se define la expropiación? Según Wikipedia, la expropiación
"consiste en la transferencia coactiva de la propiedad privada desde su
titular al Estado, mediante la indemnización: concretamente, a un ente
de la Administración Pública dotado de patrimonio propio".
Cuando la propiedad no
cumple una función social. La utilidad pública y el incumplimiento de
una función social se califican con arreglo a leyes especiales, las mismas que regulan las condiciones y el procedimiento para la expropiación.
La plusvalía, también denominada como supervalía o plusvalor, fue definida en la obra El capital de Karl Marx.
En esencia, es el valor no pagado del trabajo del obrero que crea un
plusproducto (del cual se apodera el empresario). Dicho de otra forma,
la esencia de la explotación o acumulación capitalista.
Podemos definir una plusvalía
como el beneficio obtenido como resultado de una diferencia positiva
entre el precio al que se compró un bien y el precio de su venta en una
operación o transacción económica.