La ley de sociabilidad no es una ley natural y necesaria solamente para los individuos, sino que es lo también para los estados. No pudiéndose bastar el hombre a si mismo y reclamado su propia naturaleza que se asocie a los demás hombre se conserve y proteja la sociedad así constituida, Es también una de sus racionales exigencias que los estados se asocien, no siendo posible a ninguno dejar de unir sus propias fuerzas y actividad a las de otros para conseguir de una manera mas segura los beneficios de la civilización y las utilidades humanas.
Ahora bien para que pueda conservarse esta sociedad a que todas las naciones por natural impulso, son indispensables ciertos principios encaminados a determinar la esfera jurídica de la libertad y la acción de cada uno y establecer cierta regla proporcional entre las acciones y omisiones de los mismos con objeto que puedan vivir en relaciones mutuas.
DESCRIPCION | CONTENIDO |
Nº de control | 00013710 |
Autor | Fiore, Pascuale |
Título | El derecho Internacional Codificado y su Sanción Jurídica. |
Editorial | Gongora |
Año | 1891 |
Páginas | 395 p. |
Idioma | Español |
Lugar | Madrid |
Resumen |
|
Materias | |
Ítem en Biblioteca | |
Ejemplares | 1 |