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La Constitución Política del Estado, no contiene normas específicas sobre integración, situación que puede obstaculizar el desarrollo y profundización en lograr la apertura de los mercados con los demás Estados, por lo que corresponde la misma a avance integracionista de los pueblos, como a sucedido con los países de la Comunidad Europea y de la propia Comuniadad Andina, que han permitido ceder competencias constitucionales al nuevo sujeto internacional, cual es el derecho comunitario o de Integración.^ies |