Marc 21

001 5454
003 BaHaLP
006 $m
082 BO DPMal.2009
110 Bolivia. Defensor del Pueblo
245 Maltrato en las escuelas. Análisis de reglamentos de faltas y sanciones en Unidades Educativas
$b Incluye portada
260 La Paz : Defensor del Pueblo; 2009
$a La Paz
$b Defensor del Pueblo
$c 2009
300 39 p.
$a 39 p.
500 $3 1
520 En el marco de la Ley 1818, de la defensoria del Pueblo tiene la facultad de realizar el seguimiento al cumplimiento de la convención sobre lo derechos del niño que suscribió nuestro país y a las recomendaciones que hizo e comité de los derechos del niño a la presentación del tercer informe país, donde respecto al castigo corporal expresa "su profunda preocupación por el hecho de que, a pesar de estar prohibido el maltrato en el código del niño, niña y adolescente , todavía se incurra en el castigo corporal dentro de las familias y las escuelas^ies
546 Español
650 MALTRATOESCUELASSANCIONESUNIDADES EDUCATIVAS