![]() Marc 21 |
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001 | 13782 | |
003 | BaHaLP | |
005 | 06112017104842 | |
006 | $m | 06112017104842 |
082 | 340.56 | |
090 | S278c T VI | |
100 | Scaevola, Mucius | |
245 | Codigo Civil: Comentado y Concordado Extensamente | |
$b | Incluye portada | |
260 | Madrid : Ricardo Rojas; 1895. | |
$a | Madrid | |
$b | Ricardo Rojas | |
$c | 1895 | |
300 | 664 p. 19.5. | |
$a | 664 p. | |
$c | 19.5 cm | |
490 | Colección primigenia | |
500 | $3 | 1 |
520 | Resumen: División de los bienes . Es la misma del código vigente osea muebles e inmuebles. Considera como tales los mismos que en su articulo expresa el código moderno con las diferencias siguientes : el proyecto el código solo comprende las tierras y los edificios, en tanto que al actual lo extiende a los caminos y a todo genero de construcciones adheridas al suelo; aquel comprende solo las estatuas colocadas en un nicho construido expresamente en el edificio, mientras el que rige amplia el concepto de inmuebles a los relieves y pinturas y en general a todo objeto de uso y ornamentación y que revele el propósito de unirlos de un modo permanente al fundo. El proyecto en el numero 6° del articulo referente a inmuebles menciona a los viveros de animales el nuevo lo amplia a otras especies debiendo concurrir ademas la idea del propietario de colocarlos perpetuamente. |
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521 | Cualquier público | |
546 | Español | |
650 | CODIGO CIVIL ESPAÑA;BIENES INMUEBLES;BIENES MUEBLES. | |
850 | Biblioteca y Archivo Histórico - ALP |