Marc 21

001 13714
003 BaHaLP
005 26102017095603
006 $m 26102017095603
082 341
090 F518t T.II
100 Fiore, Paquale
245 Tratado de Derecho Internacional Publico
$b Incluye portada
260 Madrid : Gongora; 1894.
$a Madrid
$b Gongora
$c 1894
300 407 p. 22 .
$a 407 p.
$c 22 cm.
490 Colección primigenia
500 $3 1
520 Sin equilibrio de todas las fuerzas, no seria posible la sociedad de los individuos ni la de los estados, y aquel no podría conseguirse sin mantener una cierta proporción entre las acciones y las obtenciones. en la vida social esta íntimamente ligadas todas las funciones. cada cual tiene su facultad de exigir; pero a condición de dar a los demás lo que ele he debido. Sin esto quedaría destruido el organismo que resulta de las  relaciones entre las personas que viven en sociedad. Se ve, pues claramente que es una regla inmutable de derecho la que admite que cada estado puede ejercitar los que corresponden, sin otra condición de la que no lesionar los que son idénticos o análogos a los suyos. Por consiguiente, el ejercicio de los derechos no pueden separarse del cumplimiento de los deberes.
521 Cualquier público
546 Español
650 DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO;DERECHOS; DEBERES
850 Biblioteca y Archivo Histórico - ALP