El 18 de febrero de 2004, El Honorable Congreso Nacional, presidido por el Senador Hormando Vaca Diez, sanciono la Ley de Resarcimiento Excepcional a Victimas de la Violencia Política en Periodos de Gobiernos Inconstitucionales. El 11 de marzo fue promulgada y reglamentada el 22 de febrero de 2005 y publicada el 25 del mismo mes. Desde entonces corre el plazo fatal para ejercer los derechos de allí señalados. Años de oprobio, persecución, muerte civil, exilio y ejecuciones estralegales, pretenden ser resarcidos por los alcances de esta ley emblemática, de una democracia que quiere mostrarse ante la sociedad como portadora de nuevos valores, entre los que prevalece el respeto y la vida y la dignidad. La ley tiene una fuerza simbólica impresionante, pues en realidad no repara el daño físico y psicológico que provoco la suñada persecución política; la resarcen en el plano estrictamente simbólico. Asimismo también se señala la importancia de los Archivos, pues pese a cualquier ley son todavía inaccesibles, en gran parte porque están desorganizados. Si existen, los documentos referidos a los actos de fuerza, son reservados y de su existencia no conocen nada ni los mismos ministros del área. (AU)^ies
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Nº de control | 00008952 |
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Año | Mar. - Abr. 2005 |
Páginas | p. |
Idioma | Español |
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Ejemplares | 1 |